El día martes 14, en el Salón Dorado del Honorable Senado de la provincia de Buenos Aires, se desarrollaron dos audiencias de Jury, teniendo ambas por objeto que los miembros del H. Jurado, se pronuncien sobre la admisibilidad de las acusaciones formuladas en las actuaciones.
La primera audiencia, fue en el marco de la causa seguida al Dr. Mariano José Riva, Juez integrante del Tribunal de Trabajo N°4 del Departamento Judicial Mar del Plata. En la misma, el honorable Jurado, conformado por los señores conjueces abogados doctores Ricardo Morello, Carlos Fernando Valdez, Roberto Gabriel Mateo, Horacio Alberto Vero, Bienvenido Rodríguez Basalo y los señores conjueces legisladores doctores Ricardo Lissalde, Joaquín de la Torre, Diego Raúl Garciarena, Emiliano Balbín y Maite Milagros Alvado, bajo la presidencia de la doctora Hilda Kogan, resolvió, por unanimidad, admitir la acusación formulada contra el doctor Mariano José Riva, Juez integrante del Tribunal de Trabajo Nº4 del Departamento Judicial Mar del Plata, dando continuidad al proceso de Jury.
La segunda audiencia, es seguida a la Magistrada Mariana Silvia Valentini, subrogante del Juzgado de Familia N°1, a la Magistrada Silvina Galeliano, Jueza del Juzgado de Familia N°2 de Pilar y al Dr. Patricio Curti, Asesor de Menores e Incapaces N°4, todos del Departamento Judicial de San Isidro, en el marco de la causa SJ 629/22 y sus acumuladas.
También, bajo la presidencia de la Dra. Hilda Kogan, el Honorable Jurado conformado por los conjueces abogados, doctores Hernán Ariel Colli, Carlos Alberto Andreucci Carlos Guillermo Garavaglia, Dra. Mirta Daniela Greco, Dr. Pablo Esteban Perrino, y los conjueces legisladores Dra. Susana Ahydeé González, Dra. Maite Milagros Alvado, Dra. Lucia Iañez, Dra. Abigail Gabriela Gómez y Dr. Valentín Miranda, resolvió por unanimidad admitir la acusación formulada contra la doctora Silvia Mariana Valentini y ordenó el archivo en relación a la Magistrada Silvina Galeliano, y al Asesor de Menores e Incapaces, Dr. Patricio Curti, (art. 34, ley 13.661).